Información sujeta a publicación según la Ley Canaria 12/2014, de 26 de diciembre, de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.

La reciente aprobación y entrada en vigor de la Ley 3/2026, de 16 de junio, de cabildos insulares ha modificado la relación de obligaciones de publicidad activa de los cabildos y sus entidades dependientes por la remisión en bloque que el artículo 93.2 de la Ley 3/2026 realiza a la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública.

Como consecuencia, también se ven modificados los mapas de obligaciones de los ayuntamientos canarios y sus entidades dependientes, al estar estos diseñados tomando como base las obligaciones de publicidad activa de los cabildos, por virtud de la remisión contenida en el artículo 24.1 de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de municipios de Canarias.

Como resultado de esta unificación, determinadas obligaciones de publicidad activa que eran específicamente exigibles a los ayuntamientos y sus entidades dependientes dejan de tener efecto en tanto que otras obligaciones que solamente afectaban a la Comunidad Autónoma de Canarias pasan a engrosar el mapa de obligaciones de las corporaciones municipales.

Es por ello que en la siguiente relación marcaremos con la palabra «Información Voluntaria» toda aquella información que ha pasado a ser informaciones voluntarias y marcaremos con la palabra «Nueva Obligación» toda aquella información relativa a las nuevas obligaciones exigibles.

Información institucional.

Información en materia organizativa.

Información relativa al personal de libre nombramiento.

Información en materia de empleo en el sector público.

Información en materia de retribuciones.

Información en materia normativa.

Información sobre los servicios y procedimientos.

Información económico-financiera.

Información del patrimonio.

Información de la planificación y programación.

Información de las obras públicas.

Información de los contratos.

Información de los convenios y encomiendas de gestión.

Información sobre concesión de servicios públicos.

Información de las ayudas y subvenciones.

Información en materia de ordenación del territorio.

  • INFORMACIÓN VOLUNTARIA: Información del Plan Insular de Ordenación y de los planes y proyectos de desarrollo del mismo
  • NUEVA OBLIGACIÓN: Instrumentos de ordenación cuya formulación y aprobación sea de su competencia. Expedientes de los instrumentos de ordenación cuya formulación y aprobación sea de su competencia, incluyendo los convenios urbanísticos con trascendencia sobre el expediente, informes sectoriales emitidos por otros órganos y entidades, alegaciones formuladas, contestación a las mismas e informes técnicos y jurídicos emitidos por el órgano tramitador del instrumento

Información estadística.

Título III. Derecho de acceso a la información pública.

Fecha de modificación: 04-09-2026