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Órganos de gobierno y sus funciones

Dº. Juan Antonio Peña Medina
Alcalde
Ciudadanos para el Cambio Canario
El Alcalde de Telde es el Presidente de la Corporación, ostenta la máxima representación del municipio y le corresponde la superior dirección y coordinación del gobierno y de la administración municipal.
El Alcalde es responsable de su gestión política ante el Pleno del Ayuntamiento, y su nombramiento y cese se rigen por lo dispuesto en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.
Competencias del Alcalde
Corresponden al Alcalde de Telde las competencias previstas en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y cualesquiera otras que le atribuyan las leyes del Estado o de la Comunidad Autónoma de Canarias, destacando, entre otras las siguientes:
- Dirigir la política, el gobierno y la administración del Ayuntamiento, así como representarlo.
- Dictar los Decretos de organización de las Áreas y la adscripción a las mismas de los órganos superiores que, en su caso, proceda.
- Convocar y presidir las sesiones del Pleno y de la Junta de Gobierno Local, decidiendo los empates con el voto de calidad.
- La propuesta al Pleno de las Áreas de Gobierno entre las que se distribuirán las competencias de la Corporación, así como la determinación y denominación de las Comisiones Informativas Permanentes.
- La Jefatura superior del personal de la Corporación.
- La Jefatura de la Policía Municipal.
- Ejercitar acciones judiciales y administrativas en casos de urgencia, en materia de la competencia de los órganos colegiados, dando cuenta a los mismos en la primera sesión que estos celebren.
- La formación del Presupuesto General de la Corporación, en los términos de lo establecido al respecto en este Reglamento, y aprobar su liquidación.
- La designación y cese, mediante Decreto, de los/las Tenientes de Alcalde.
- Autorizar y disponer gastos, reconocer y liquidar obligaciones en la cuantía y demás condiciones que se fijen para cada ejercicio en las Bases de Ejecución del Presupuesto.
- Asumirá la presidencia, si asiste a las sesiones, de las Comisiones Informativas, consejos sectoriales y otros órganos colegiados de la Corporación que le correspondan, perdiendo la capacidad de voto el presidente efectivo de la que se trate. Respecto de la presidencia de los organismos autónomos, entidades públicas empresariales, sociedades mercantiles, y de similar naturaleza, se estará a lo dispuesto en sus respectivos estatutos.
- La firma de documentos mediante los que se formalicen convenios acordados y los contratos aprobados por el Pleno y por la Junta de Gobierno Local con otras Administraciones Públicas, así como la remisión de escritos a éstas cuando vayan dirigidas a sus máximas Autoridades.
- La dación de cuenta al Pleno de los escritos de los/las Portavoces de cada grupo político adscribiendo a cada Comisión Informativa los miembros corporativos de cada uno de ellos, así como el nombramiento del de la Portavoz del Grupo Mixto y sus miembros en los supuestos previstos en este Reglamento.
- La propuesta de nombramiento, cuando proceda, de los titulares de los órganos directivos.
- El ejercicio de las atribuciones que este Reglamento desconcentra en los/las Tenientes de Alcalde de Área, mientras no adquiera eficacia la designación de éstos/as o a partir de su cese.
- La designación de los/las Presidentes/as de las Comisiones Informativas Permanentes, que recaerá en un/una Teniente de Alcalde.
- Ordenar la publicación, ejecución y cumplimiento de acuerdos de los órganos ejecutivos del Ayuntamiento.
- Dictar bandos, decretos e instrucciones de procedimiento e interpretación normativa, así como adoptar las medidas necesarias y adecuadas en caso de extraordinaria y urgente necesidad, mediante Bandos de Necesidad, dando cuenta inmediata al Pleno.
- Someter a consulta popular aquellos asuntos de la competencia de este Ayuntamiento y de carácter local que sean de especial relevancia para los intereses de los mismos, con excepción de los relativos a la Hacienda Local, previo acuerdo por mayoría absoluta del Pleno y autorización del Gobierno de la Nación.
- La resolución de los recursos potestativos de reposición que se interpongan contra sus propios actos, así como la de los recursos de alzada que se interpongan contra los actos dictados por cualquiera de los órganos desconcentrados, en los términos previstos en este Reglamento. Se exceptúan los recursos de alzada que se interpongan contra actos dictados en el ejercicio de competencias delegadas, por el Cabildo Insular o Comunidad Autónoma de Canarias, en virtud de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
- El nombramiento y cese del personal eventual, que ocupará los puestos previstos en la Plantilla comprensiva del mismo, aprobada por el Pleno, así como el nombramiento de funcionarios propios con carácter accidental para desempeñar las funciones de Secretaría, Intervención y Tesorería, si a ello hubiera lugar.
- La revisión de oficio de sus propios actos.
- Resolver los conflictos de atribuciones positivos o negativos que se produzcan entre órganos
- Establecer el orden de precedencias entre los concejales del grupo de gobierno, con efectos protocolarios y de sustitución en los casos de vacante, ausencia o abstención legal o reglamentaria.
Corresponde igualmente al Alcalde de Telde las restantes competencias que las Leyes del Estado o de la Comunidad Autónoma de Canarias atribuye genéricamente al Municipio sin especificar el órgano municipal que debe asumir su titularidad.
Sede y Ubicación
SEDE: Oficinas Municipales de Atención a la Ciudadanía, sito en Camino del Cubillo s/n – 35200 -Telde
UBICACIÓN: Planta 3ª

Dª. María Inmaculada González Calderín
Primera Teniente de Alcalde
Partido Popular
Of. Mun. Atención a la ciudadanía, Planta 2

Dº. Juan Francisco Artiles Carreño
Segundo Teniente de Alcalde
Más por Telde
Plaza de San Juan, 1 – Planta Baja

Dº. Juan Francisco Martel Santana
Tercer Teniente de Alcalde
Coalición Canaria
Plaza de San Juan, 1 – Planta Alta

Dª. Carmen Cecilia Batista Hernández
Cuarta Teniente de Alcalde
Ciudadanos para el Cambio Canario
Of. Mun. Atención a la ciudadanía, Planta 2

Dº. Iván Sánchez Estévez
Quinto Teniente de Alcalde
Partido Popular
Of. Mun. Atención a la ciudadanía, Planta 1

Dª. María Desirée Hernández Martín
Sexta Teniente de Alcalde
Ciudadanos para el Cambio Canario
Of. Mun. Atención a la ciudadanía, Planta 3

Dº. Miguel Ángel Rodríguez Marchena
Séptimo Teniente de Alcalde
Ciudadanos para el Cambio Canario
Of. Mun. Atención a la ciudadanía, Planta 1

Dª Adela de los Ángeles Álvarez Hernández
Octava Teniente de Alcalde
Partido Popular
Plaza de San Juan, 11
Composición
La Junta de Gobierno de la Ciudad de Telde, del vigente mandato corporativo 2023-2027, está compuesta por: el Alcalde que lo preside, Dº. Juan Antonio Peña Medina y los siguientes miembros, todos ellos designados libremente por el Alcalde sin que su número total pueda exceder de un tercio del número legal de miembros del Pleno, tal como se indica en el decreto Número 4.635 de fecha 19 de Junio de 2023:

Dª. María Inmaculada González Calderín
Partido Popular

Dº. Juan Francisco Artiles Carreño
Más por Telde

Dª. Carmen Cecilia Batista Hernández
Ciudadanos para el Cambio Canario

Dº. Iván Sánchez Estévez
Partido Popular

Dº. Juan Francisco Martel Santana
Coalición Canaria

Dª. María Desirée Hernández Martín
Ciudadanos para el Cambio Canario

Dº. Miguel Ángel Rodríguez Marchena
Ciudadanos para el Cambio Canario

Dª Adela de los Ángeles Álvarez Hernández
Partido Popular
La Junta de Gobierno Local es el órgano que, bajo la presidencia del Alcalde, colabora de forma colegiada en la función de dirección política que a ésta corresponde y ejerce las funciones ejecutivas y administrativas que le atribuyen las leyes.
En el Ayuntamiento de Telde la Junta de Gobierno Local se denominará “Junta de Gobierno de la Ciudad de Telde”.
Concejal Secretario: Don Juan Francisco Martel Santana.
Doña María Inmaculada González Calderín (suplente).
Atribuciones. Corresponden a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Telde las siguientes competencias:
- La Aprobación de los proyectos de Ordenanzas y de los Reglamentos, incluidos los orgánicos, con excepción de las normas reguladoras del Pleno, y sus comisiones.
- La aprobación del proyecto de presupuesto.
- La aprobación de proyectos de instrumentos de ordenación urbanística cuya aprobación definitiva o provisional corresponda al Pleno.
- Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no atribuidas expresamente al Pleno, así como de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.
- La concesión de cualquier tipo de licencia, salvo que la legislación sectorial la atribuya expresamente a otro Órgano.
- Las contrataciones y concesiones, incluidas las de carácter plurianual, la ampliación del número de anualidades y la modificación de los porcentajes de gastos plurianuales, así como la gestión, adquisición y enajenación del patrimonio, la concertación de operaciones de crédito, todo ello de acuerdo con el presupuesto y sus bases de ejecución.
- El desarrollo de la gestión económica, autorizar y disponer gastos en materia de su competencia, disponer gastos previamente autorizado por el Pleno, y la gestión del personal.
- Aprobar la relación de puestos de trabajo, las retribuciones del personal de acuerdo con el presupuesto aprobado por el Pleno, la oferta de empleo público, las bases de las convocatorias de selección y provisión de puestos de trabajo, el número y régimen del personal eventual, la separación del servicio del funcionariado del Ayuntamiento sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 99 de la LRBRL, el despido del personal laboral, el régimen disciplinario y las demás decisiones en materia de personal que no estén expresamente atribuida a otro Órgano.
La composición de los tribunales de oposiciones será predominantemente técnica, debiendo poseer todos sus miembros un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en las plazas convocadas. Su presidente/a podrá ser nombrado/a entre los/as miembros de la Corporación o entre el personal al servicio de las Administraciones públicas. - El nombramiento y el cese de los/as titulares de los órganos directivos de la Administración municipal, sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición adicional octava para los/as funcionarios/as de la Administración Local con carácter de habilitación de carácter nacional.
- El ejercicio de las acciones judiciales y administrativas en materia de su competencia.
- Las facultades de revisión de oficio de sus propios actos.
- Ejercer la potestad sancionadora salvo que por Ley esté atribuida a otro Órgano.
- Las demás que le correspondan, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.
Sesiones y convocatoria
1.- Las sesiones de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Telde se celebrarán previa convocatoria del/la Alcalde/Alcaldesa, los jueves a las 09:00 horas, pudiéndose celebrar asimismo sesiones extraordinarias, que pueden además, ser urgentes.
Nombramientos
- Decreto 2023-4642 sobre Nombramiento Concejales de Gobierno y Concejales Delegados
- Decreto 2023-4635 sobre Nombramiento Miembros de la Junta de Gobierno
- Decreto 2023-4634 sobre Nombramiento de los Tenientes de Alcalde
- Decreto 2023-4633 sobre el Nombramiento de los Presidentes y Vicepresidentes de Distrito
- Decreto 2023-4662 sobre Nombramiento del personal eventual
- Decreto 2023-4755 sobre Nombramiento de personal eventual
- Decreto 2023-4780 sobre Nombramiento de personal eventual
- Decreto 2023-5078 sobre Nombramiento de personal eventual
- Decreto 2023-5335 sobre Nombramiento de personal eventual
- Decreto 2023-5911 sobre modificación de los Concejales de Gobierno
- Decreto 2023-5958 sobre modificación de los Concejales Delegados
- Decreto 2023-5912 sobre Cese de personal eventual
- Decreto 2023-6120 sobre Nombramiento de personal eventual
- Decreto 2024-0736 sobre Nombramiento de personal eventual
- Decreto 2024-2027 sobre Nombramiento de personal eventual
- Decreto 2024-3122 sobre Cese de personal eventual
- Decreto 2024-2027 sobre Modificación y Nombramiento de personal eventual
- Decreto 2024-2318 sobre Nombramiento Concejales de Gobierno y Concejales Delegados
- Corrección Error material Decreto 2318/2024
- Decreto 2024-3122 sobre Cese de personal eventual
- Decreto 2024-3610 sobre Modificación y Nombramiento de personal eventual
- Decreto 2024-3881 sobre Cese de personal eventual
- Decreto 2024-4515 sobre Nombramiento de personal eventual
- Decreto 2024-5197 sobre Modificación, Cese y Nombramiento de personal eventual
- Decreto 2024-10493 sobre Nombramiento Concejales de Gobierno y Concejales Delegados
- Decreto 2024-10491 sobre Nombramiento de los Tenientes de Alcalde
- Decreto 2024-10509 sobre Nombramiento de los miembros de la Junta de Gobierno Local
- Certificado plenario de conocimiento de renuncia de Don Sergio Ramos Acosta
- Decreto 2024-11799 sobre Nombramiento Concejales de Gobierno y Concejales Delegados
- Decreto 2024-11838 sobre Nombramiento de los miembros de la Junta de Gobierno Local
- Decreto 2024-12789 sobre Cese y Nombramiento de personal eventual
- Decreto 2025-0010 sobre Nombramiento Concejales de Gobierno y Concejales Delegados
Sede y Ubicación
SEDE: Casas Consistoriales, sito en Plaza de San Juan, Nº 1
UBICACIÓN: Planta 1ª
COMISIONES DE PLENO
Las comisiones de pleno, que tratan previamente los asuntos que luego se llevan a las sesiones plenarias. Están compuestas por concejales de todos los grupos y cada una tiene un presidente. Dichas comisiones se celebran el tercer viernes de cada mes.
Existen actualmente las siguientes comisiones:
COMISIÓN DE PLENO DE ASUNTOS ECONÓMICOS
Presidenta: Doña Carmen Cecilia Batista Hernández.
Vicepresidenta: Doña María Desirée Hernández Martín
Vocales:
- Don Juan Francisco Jiménez Moreno.
- Don Iván Sánchez Estévez.
- Don Alejandro Ramos Guerra.
- Doña Inés Pulido García.
- Doña María Celeste López Medina.
- Don Álvaro Juan Monzón Santana.
- Don Héctor José Suárez Morales.
- Doña Rita Esmeralda Cabrera Sánchez.
- María Eugenia Melián Santana.
COMISIÓN DE PLENO DE DESARROLLO SOSTENIBLE
Presidente: Don Iván Sánchez Estévez.
Vicepresidenta: María Eugenia Melián Santana.
Vocales:
- Don Juan Francisco Jiménez Moreno.
- Doña Nayra Navarro Ruano.
- Don Miguel Ángel Rodríguez Marchena.
- Don Héctor León Jiménez.
- Doña Pino María Ramírez Santana.
- Doña María Celeste López Medina.
- Don Álvaro Juan Monzón Santana.
- Doña María del Pilar Mesa González.
- Doña Rita Esmeralda Cabrera Sánchez
COMISION DE PLENO DE ASUNTOS SOCIALES
Presidente: Don Juan Francisco Martel Santana.
Vicepresidente: Juan Pablo Rodríguez Martín.
Vocales:
- Doña Nayra Navarro Ruano.
- Don Miguel Ángel Rodríguez Marchena.
- Don Cristhian Santiago Santana Caballero.
- Doña María Inmaculada González Calderín.
- Doña Adela de los Ángeles Álvarez Hernández.
- Don Alejandro Ramos Guerra.
- Don Juan Marrero Gutiérrez.
- Doña María Celeste López Medina.
- Don Álvaro Juan Monzón Santana.
Sede y Ubicación de todas las Comisiones
SEDE: Casas Consistoriales, sito en Plaza de San Juan, N.º 1
UBICACIÓN: Planta 1ª