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Órganos de gobierno y sus funciones

Dª. Carmen Hernández Jorge
Alcaldesa
Nueva Canarias
El Alcalde de Telde es el Presidente de la Corporación, ostenta la máxima representación del municipio y le corresponde la superior dirección y coordinación del gobierno y de la administración municipal.
El Alcalde es responsable de su gestión política ante el Pleno del Ayuntamiento, y su nombramiento y cese se rigen por lo dispuesto en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.
Competencias del Alcalde
Corresponden al Alcalde de Telde las competencias previstas en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y cualesquiera otras que le atribuyan las leyes del Estado o de la Comunidad Autónoma de Canarias, destacando, entre otras las siguientes:
- Dirigir la política, el gobierno y la administración del Ayuntamiento, así como representarlo.
- Dictar los Decretos de organización de las Áreas y la adscripción a las mismas de los órganos superiores que, en su caso, proceda.
- Convocar y presidir las sesiones del Pleno y de la Junta de Gobierno Local, decidiendo los empates con el voto de calidad.
- La propuesta al Pleno de las Áreas de Gobierno entre las que se distribuirán las competencias de la Corporación, así como la determinación y denominación de las Comisiones Informativas Permanentes.
- La Jefatura superior del personal de la Corporación.
- La Jefatura de la Policía Municipal.
- Ejercitar acciones judiciales y administrativas en casos de urgencia, en materia de la competencia de los órganos colegiados, dando cuenta a los mismos en la primera sesión que estos celebren.
- La formación del Presupuesto General de la Corporación, en los términos de lo establecido al respecto en este Reglamento, y aprobar su liquidación.
- La designación y cese, mediante Decreto, de los/las Tenientes de Alcalde.
- Autorizar y disponer gastos, reconocer y liquidar obligaciones en la cuantía y demás condiciones que se fijen para cada ejercicio en las Bases de Ejecución del Presupuesto.
- Asumirá la presidencia, si asiste a las sesiones, de las Comisiones Informativas, consejos sectoriales y otros órganos colegiados de la Corporación que le correspondan, perdiendo la capacidad de voto el presidente efectivo de la que se trate. Respecto de la presidencia de los organismos autónomos, entidades públicas empresariales, sociedades mercantiles, y de similar naturaleza, se estará a lo dispuesto en sus respectivos estatutos.
- La firma de documentos mediante los que se formalicen convenios acordados y los contratos aprobados por el Pleno y por la Junta de Gobierno Local con otras Administraciones Públicas, así como la remisión de escritos a éstas cuando vayan dirigidas a sus máximas Autoridades.
- La dación de cuenta al Pleno de los escritos de los/las Portavoces de cada grupo político adscribiendo a cada Comisión Informativa los miembros corporativos de cada uno de ellos, así como el nombramiento del de la Portavoz del Grupo Mixto y sus miembros en los supuestos previstos en este Reglamento.
- La propuesta de nombramiento, cuando proceda, de los titulares de los órganos directivos.
- El ejercicio de las atribuciones que este Reglamento desconcentra en los/las Tenientes de Alcalde de Área, mientras no adquiera eficacia la designación de éstos/as o a partir de su cese.
- La designación de los/las Presidentes/as de las Comisiones Informativas Permanentes, que recaerá en un/una Teniente de Alcalde.
- Ordenar la publicación, ejecución y cumplimiento de acuerdos de los órganos ejecutivos del Ayuntamiento.
- Dictar bandos, decretos e instrucciones de procedimiento e interpretación normativa, así como adoptar las medidas necesarias y adecuadas en caso de extraordinaria y urgente necesidad, mediante Bandos de Necesidad, dando cuenta inmediata al Pleno.
- Someter a consulta popular aquellos asuntos de la competencia de este Ayuntamiento y de carácter local que sean de especial relevancia para los intereses de los mismos, con excepción de los relativos a la Hacienda Local, previo acuerdo por mayoría absoluta del Pleno y autorización del Gobierno de la Nación.
- La resolución de los recursos potestativos de reposición que se interpongan contra sus propios actos, así como la de los recursos de alzada que se interpongan contra los actos dictados por cualquiera de los órganos desconcentrados, en los términos previstos en este Reglamento. Se exceptúan los recursos de alzada que se interpongan contra actos dictados en el ejercicio de competencias delegadas, por el Cabildo Insular o Comunidad Autónoma de Canarias, en virtud de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
- El nombramiento y cese del personal eventual, que ocupará los puestos previstos en la Plantilla comprensiva del mismo, aprobada por el Pleno, así como el nombramiento de funcionarios propios con carácter accidental para desempeñar las funciones de Secretaría, Intervención y Tesorería, si a ello hubiera lugar.
- La revisión de oficio de sus propios actos.
- Resolver los conflictos de atribuciones positivos o negativos que se produzcan entre órganos
- Establecer el orden de precedencias entre los concejales del grupo de gobierno, con efectos protocolarios y de sustitución en los casos de vacante, ausencia o abstención legal o reglamentaria.
Corresponde igualmente al Alcalde de Telde las restantes competencias que las Leyes del Estado o de la Comunidad Autónoma de Canarias atribuye genéricamente al Municipio sin especificar el órgano municipal que debe asumir su titularidad.
Sede y Ubicación
SEDE: Oficinas Municipales de Atención a la Ciudadanía, sito en Camino del Cubillo s/n – 35200 -Telde
UBICACIÓN: Planta 3ª

D. Héctor José Suárez Morales
Primer Teniente de Alcalde
Juntos por Telde
Casas Consistoriales, Plaza de San Juan, 1

Dª. María Celeste López Medina
Segunda Teniente de Alcalde
Nueva Canarias
Of. Mun. Atención a la ciudadanía, Planta 2

D. Juan Francisco Martel Santana
Tercer Teniente de Alcalde
Juntos por Telde
Casa Condal, Calle Conde de la Vega Grande, 14

D. Juan Francisco Artiles Carreño
Cuarto Teniente de Alcalde
Más por Telde
Concejalía Educación, C/Secretario Guedes Alemán, 18, Planta 1

D. Agustín Jorge Arencibia Martín
Quinto Teniente de Alcalde
Nueva Canarias
Of. Mun. Atención a la ciudadanía, Planta 1

Dª. Lidia Esther Mejías Suárez
Sexta Teniente de Alcalde
Juntos por Telde
Edif. Desarrollo Local, C/Juan Diego de la Fuente, 38, Planta Baja

D. Diego Fernando Ojeda Ramos
Séptimo Teniente de Alcalde
Nueva Canarias
Sede Central, Plaza de San Juan nº11, Planta 1

D. Eloy Santana Benítez
Octavo Teniente de Alcalde
Nueva Canarias
Of. Mun. Atención a la ciudadanía, Planta 1
Composición
La Junta de Gobierno de la Ciudad de Telde, del vigente mandato corporativo 2019-2023, está compuesta por: la Alcaldesa que lo preside, Dª. Carmen Hernández Jorge y los siguientes miembros, todos ellos designados libremente por la Alcaldesa sin que su número total pueda exceder de un tercio del número legal de miembros del Pleno, tal como se indica en el decreto Número 4.303 de fecha 18 de Junio de 2019:

D. Héctor José Suárez Morales
Primer Teniente de Alcalde
Juntos por Telde

Dª. María Celeste López Medina
Segunda Teniente de Alcalde
Nueva Canarias

D. Juan Francisco Martel Santana
Tercer Teniente de Alcalde
Juntos por Telde

D. Juan Francisco Artiles Carreño
Cuarto Teniente de Alcalde
Más por Telde

D. Agustín Jorge Arencibia Martín
Quinto Teniente de Alcalde
Nueva Canarias

Dª. Lidia Esther Mejías Suárez
Sexta Teniente de Alcalde
Juntos por Telde

D. Diego Fernando Ojeda Ramos
Séptimo Teniente de Alcalde
Nueva Canarias

D. Eloy Santana Benítez
Octavo Teniente de Alcalde
Nueva Canarias
La Junta de Gobierno Local es el órgano que, bajo la presidencia de la Alcaldesa, colabora de forma colegiada en la función de dirección política que a ésta corresponde y ejerce las funciones ejecutivas y administrativas que le atribuyen las leyes.
En el Ayuntamiento de Telde la Junta de Gobierno Local se denominará “Junta de Gobierno de la Ciudad de Telde”.
Concejal Secretario: Don Juan Francisco Martel Santana.
Don Agustín Jorge Arencibia Martín (suplente).
Atribuciones. Corresponden a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Telde las siguientes competencias:
- La Aprobación de los proyectos de Ordenanzas y de los Reglamentos, incluidos los orgánicos, con excepción de las normas reguladoras del Pleno, y sus comisiones.
- La aprobación del proyecto de presupuesto.
- La aprobación de proyectos de instrumentos de ordenación urbanística cuya aprobación definitiva o provisional corresponda al Pleno.
- Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no atribuidas expresamente al Pleno, así como de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.
- La concesión de cualquier tipo de licencia, salvo que la legislación sectorial la atribuya expresamente a otro Órgano.
- Las contrataciones y concesiones, incluidas las de carácter plurianual, la ampliación del número de anualidades y la modificación de los porcentajes de gastos plurianuales, así como la gestión, adquisición y enajenación del patrimonio, la concertación de operaciones de crédito, todo ello de acuerdo con el presupuesto y sus bases de ejecución.
- El desarrollo de la gestión económica, autorizar y disponer gastos en materia de su competencia, disponer gastos previamente autorizado por el Pleno, y la gestión del personal.
- Aprobar la relación de puestos de trabajo, las retribuciones del personal de acuerdo con el presupuesto aprobado por el Pleno, la oferta de empleo público, las bases de las convocatorias de selección y provisión de puestos de trabajo, el número y régimen del personal eventual, la separación del servicio del funcionariado del Ayuntamiento sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 99 de la LRBRL, el despido del personal laboral, el régimen disciplinario y las demás decisiones en materia de personal que no estén expresamente atribuida a otro Órgano.
La composición de los tribunales de oposiciones será predominantemente técnica, debiendo poseer todos sus miembros un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en las plazas convocadas. Su presidente/a podrá ser nombrado/a entre los/as miembros de la Corporación o entre el personal al servicio de las Administraciones públicas. - El nombramiento y el cese de los/as titulares de los órganos directivos de la Administración municipal, sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición adicional octava para los/as funcionarios/as de la Administración Local con carácter de habilitación de carácter nacional.
- El ejercicio de las acciones judiciales y administrativas en materia de su competencia.
- Las facultades de revisión de oficio de sus propios actos.
- Ejercer la potestad sancionadora salvo que por Ley esté atribuida a otro Órgano.
- Las demás que le correspondan, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.
Sesiones y convocatoria
1.- Las sesiones de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Telde se celebrarán previa convocatoria del/la Alcalde/Alcaldesa, los miércoles a las 09:00 horas, pudiéndose celebrar asimismo sesiones extraordinarias, que pueden además, ser urgentes.
Nombramientos
- Certificado de Modificación de las Áreas de Gobierno. Expediente PLN/2021/10
- Decreto 2021-5030 sobre Nombramiento Concejales de Gobierno y Concejales Delegados
- Resolución Decreto de Alcaldía. Decreto 2021-4978
- Resolución Decreto de Alcaldía Decreto 2021-4979
- Resolución Decreto de Alcaldía Decreto 2021-4980
- Certificado Junta de Gobierno JGL-G27 del 16-06-2021
Sede y Ubicación
SEDE: Casas Consistoriales, sito en Plaza de San Juan, Nº 1
UBICACIÓN: Planta 1ª
COMISIONES DE PLENO
Las comisiones de pleno, que tratan previamente los asuntos que luego se llevan a las sesiones plenarias. Están compuestas por concejales de todos los grupos y cada una tiene un presidente. Dichas comisiones se celebran el tercer viernes de cada mes.
Existen actualmente las siguientes comisiones:
COMISIÓN DE PLENO DE ASUNTOS ECONÓMICOS
Presidenta: Doña María Celeste López Medina.
Vocales:
- Don Agustín Jorge Arencibia Martín.
- Don Eloy Santana Benítez.
- Don Sergio Suárez Hernández.
- Don Juan Francisco Martel Santana.
- Doña Lidia Esther Mejías Suárez.
- Don Héctor León Jiménez.
- Doña Vanessa del Pino Cruz Quevedo.
- Doña Sonsoles Martín Jiménez.
- Don César José Santana Santana.
- Doña Soledad Hernández Santana.
COMISIÓN DE PLENO DE DESARROLLO SOSTENIBLE
Presidente: Don Juan Francisco Martel Santana.
Vocales:
- Doña María Celeste López Medina.
- Don Agustín Jorge Arencibia Martín.
- Don Eloy Santana Benítez.
- Don Sergio Suárez Hernández.
- Don Jonay López Montesdeoca.
- Don Alvaro Juan Monzón Santana.
- Don Héctor León Jiménez.
- Doña Vanessa del Pino Cruz Quevedo.
- Doña María Eugenia Melián Santana.
- Doña Leticia del Mar Diepa Sánchez.
COMISION DE PLENO DE ASUNTOS SOCIALES
Presidente: Don Juan Francisco Artiles Carreño.
Vocales:
- Doña María Celeste López Medina.
- Don Diego Fernando Ojeda Ramos.
- Don Sebastián Servando González Robaina.
- Don Agustín Jorge Arencibia Martín.
- Don Juan Francisco Martel Santana.
- Don Jonay López Montesdeoca.
- Doña Inés Pulido García.
- Doña Ana María Álvarez Tudela.
- Doña Rosa Manuela Vega Muñoz.
- Don Carmelo Jhonatan Hernández Delgado.
Sede y Ubicación de todas las Comisiones
SEDE: Casas Consistoriales, sito en Plaza de San Juan, N.º 1
UBICACIÓN: Planta 1ª