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Datos sobre el Procedimiento
Fechas en que lo puede solicitar
Cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente
Dónde puede solicitar información
Concejalía de Urbanismo y Patrimonio Cultural y Municipal: Sección de Disciplina Urbanística, Plaza de San Juan, nº 9 Telde, CP 35200 (Las Palmas) Tfno 828013379 ex. 30316/15 E-mail. info@telde.es
Obligaciones económicas
Ninguna
Concepto de interesado en el procedimiento
Será conforme a lo dispuesto en el Art 4 Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Fases del procedimiento:
- Incoación
- Instrucción
- Resolución
La incoación
Acordada la incoación del procedimiento, esta se notificará al promotor, al propietario, al responsable del acto, confiriéndole un plazo de diez días para tener acceso al expediente, formular alegaciones en relación con la autoría de la actuación y con su eventual contravención de la legalidad urbanística y aportar los documentos que estime procedentes, sin perjuicio de cualquier otro medio de prueba.
Al denunciante cuando las normas reguladoras del procedimiento así lo prevean.
En caso de petición por tercero para que se acuerde la incoación del procedimiento, la administración actuante deberá acordar, en el plazo de un mes, la incoación del procedimiento o, en su caso, la in admisión o desestimación de la petición.
La instrucción
Los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los hechos en virtud de los cuales deba pronunciarse la resolución, se realizarán de oficio y a través de medios electrónicos, por el órgano que tramite el procedimiento, sin perjuicio del derecho de los interesados a proponer aquellas actuaciones que requieran su intervención o constituyan trámites legal o reglamentariamente establecidos
Resolución
La propuesta de resolución deberá ser notificada a los interesados en los términos previstos en la legislación (LPACAP).
Plazo de resolución
6 meses desde la incoación del procedimiento, salvo en casos de interrupción de plazo.
Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio
Notificación
Se le notificará en la forma y en el medio elegido de notificación, en la forma y plazos que establece la vigente (LPACAP). Arts. 40 y siguientes, en el domicilio indicado en su solicitud, mediante correo certificado con acuse de recibo o mediante notificador municipal o por medio electrónico.