ATENCIÓN DE MENORES EN SITUACIÓN DE RIESGO Equipo Municipal Especializado para la atención de menores en situación de riesgo 1. ANTECEDENTES El surgimiento de la Ley de Atención Integral al Menor en Canarias (Ley 1 /1997 del 7 de febrero) en el año 1997 establece un nivel secundario de especialización en los Servicios Sociales Comunitarios (que constituyen el nivel primario) y se atribuyen las competencias de riesgo de los menores a los Ayuntamientos (art. 12 de la Ley 1/1997). Los Equipos Municipales de Riesgo nacen al amparo de la citada ley, la cual aborda desde una perspectiva global los problemas que afectan a uno de los colectivos más vulnerables de la sociedad, “la infancia”. Dicha Ley señala que es competencia municipal “integrar funciones de información, promoción, detección, prevención e intervención familiar en situaciones de riesgo, así como procurar la atención inmediata y permanente de los/as menores, tendente a fomentar la integración socio-familiar de los mismos/as”. En cuanto a su ámbito de actuación, se atiende a las familias del Municipio de Telde cuyos menores se encuentren en situación de riesgo. 2. DEFINICION Y OBJETIVOS. - Definición: Los Equipos de Riesgo ofertan servicios especializados, de ámbito municipal, para la atención de las y los menores en situación de riesgo y para sus familias.
La Ley de Atención Integral al Menor, establece en su art. 41: “Se considera que un menor se encuentra en situación de riesgo cuando, a causa de sus circunstancias personales, familiares o por influencia de su entorno, se está perjudicando su desarrollo integral o social, sin alcanzar la gravedad suficiente para justificar la declaración de desamparo y la separación del menor de su familia.” Como medida protectora, la Ley establece la declaración de la situación de riesgo de los menores atendidos. Es un procedimiento jurídico-administrativo donde se determinan las medidas de asistencia tendentes a eliminar los factores de riesgo dentro de la institución familiar. En este procedimiento se garantiza la audiencia de quienes estén ejerciendo las funciones parentales así como del menor, si tuviere juicio suficiente o hubiere cumplido los doce años. - Objetivos:
- Desarrollar la investigación-verificación de las situaciones socio-familiares de menores en posible situación de riesgo.
- Elaborar el diagnóstico especializado.
- Elaborar propuestas de declaración de menores en situación de riesgo para asegurar su debida protección.
- Ejecutar las medidas mediante programas de intervención con el menor y su familia con la colaboración y en coordinación con los Servicios Sociales de Base y recursos de la zona.
- Hacer el seguimiento, evaluación y reprogramación de la intervención con el fin de asegurar la eliminación de las causas del riesgo.
- Procurar la reintegración de las y los menores en guarda o en desamparo en sus familias de origen, en coordinación con los Servicios Sociales de Base y otros recursos.
7. PROGRAMA DE INTERVENCION FAMILIAR. Desde el Equipo de Riesgo, el Programa de Intervención Familiar es una herramienta básica en el proceso de intervención familiar. Se concreta en una intervención técnica educativa, planificada, que se desarrolla principalmente en el núcleo familiar, y va orientada a conseguir unos objetivos y contrarrestar los factores de desprotección existentes, dotando a los padres/madres de las estrategias que les permitan mejorar las relaciones familiares y solucionar los problemas y, de esta manera evitar la separación de los niños, niñas y adolescentes de su medio familiar. Se trabaja, pues, con el modelo de preservación familiar. Esta intervención se elabora desde tres ámbitos: Psicológico, Social y Educativo. El PIF finaliza cuando se den algunas de las circunstancias siguientes: - Cumplimiento de los objetivos marcados en el PIF, y por tanto desaparición de los factores de riesgo que propiciaron la declaración de riesgo del menor o menores. En este caso, el expediente se deriva a la Unidad de Trabajo Social que le corresponde a la familia.
- Incumplimiento por parte de la unidad familiar de estos objetivos marcados en el PIF, agravándose la situación familiar hasta el punto de hacer necesaria la intervención de la Dirección General de Protección del Menor y la Familia para el amparo del menor.
8. ACCESO Las familias atendidas por el Equipo Municipal de Riesgo vienen derivadas, fundamentalmente, de las Unidades de Trabajo Social de zona. También derivan los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica, Dirección General de Atención al Menor y la Familia, así como otros Ayuntamientos por traslado de residencia. 9. PROFESIONALES El Equipo Municipal Especializado para la atención de menores en situación de riesgo está formado por: 1 Psicóloga, 1 Trabajadora Social, 4 Educadoras Familiares y 1 Auxiliar Administrativa. 10. UBICACIÓN C/ Alferez Quintana Suarez nº 31, 1º, C.P 35200, Barrio de San Gregorio – Telde. Teléfono: 928-70.38.56
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